jueves, 19 de abril de 2012

Nuestra Historia: capítulo 7º



El día 25 de mayo de 1808 se conoce la noticia  del comienzo de la Guerra de la Independencia. Inmediatamente comenzaron  a formarse las “”Juntas””, como la del Reino de Sevilla que fue creada el 27 de mayo, la cual enviaba instrucciones a todas las ciudades  y villas del reino para que fuesen ejecutadas con la mayor prontitud. Estas órdenes estaban dispuestas para la organización de la defensa  y lucha contra las tropas francesas.
Algunas de las normas serían estas:
  1. Se proyectaran obras para la defensa, en los puntos más ventajosos para oponerse a las incursiones del enemigo .
  2. Se comunicará a los vecinos que al primer aviso deben acudir a los sitios señalados, con los utiles propios, para poner en práctica los proyectos de  la defensa
  3. Los mejores medios de defensa serán: las zanjas, corte de caminos y calles en los sitios que el enemigo no pueda evitar pasar, pozos de lodo, los abrojos, las estacadas, las inundaciones…. Cada pueblo  adoptará aquellos que  les sea más fáciles por la orografía del terreno.
  4. Se utilizarán las paredes y techos más apropiados para la defensa con armas de fuego
  5. Se practicarán comunicaciones entre las casas para acudir rápidamente donde más se necesita la defensa
  6. Los capitanes Generales de las provincias nombraran en los pueblos sujetos de conocida inteligencia  para que instruyan en la ejecución de las obras.
  7. Se utilizarán las Plazas de las localidades como defensa, ya que puede utilizarse muchas armas a la vez desde las ventanas, balcones y bocacalles, por donde el enemigo tiene que pasar.
  8. Se harán inventarios de las armas blancas y de fuego, distinguiendo los calibres. Se cuidará que haya munición suficiente para ellas  guardándose en cajones con un rótulo con el calibre, para facilitar la tarea y evitar confusiones.
  9. Si no hubiera armas en una localidad, se fabricarán aunque sea de manera tosca y en los pisos altos se almacenarán piedras, ladrillos , agua hirviendo, cal viva y otras materias que al arrojar por las ventanas puedan causar estragos al enemigo.


Más o menos estas y otras normas parecidas eran las que las juntas distribuían entre los pueblos de la comarca, exhortando a la defensa  y avisando que sería considerado deslealtad si no se aprestaban a acatar las órdenes, con los consiguientes castigos.
                                                      (Basado en los textos de D. Miguel Gómez )

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